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5. ORGANIGRAMA LABORAL

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La Sociedad municipal Urban Teruel, S.A. es una Sociedad de capital íntegramente municipal, constituida como medio propio instrumental del Ayuntamiento de Teruel y así consta expresamente en el acuerdo de creación.

Es una Sociedad que actúa con competencias y fines municipales y además, es una modalidad de la gestión directa de los servicios municipales.

Dado ese carácter de “forma de gestión directa de servicios municipales” le es de aplicación los artículos 247 a 262 del Reglamento de Bienes, Actividades, servicios y obras de las Entidades locales de Aragón, aprobado mediante Decreto 347/2002, de 19 de noviembre de 2002 (en adelante, RBASO)

Los referidos artículos regulan, a nivel autonómico, la creación y funcionamiento de las Sociedades mercantiles con capital íntegramente público. Y concretamente, en materia de personal, el artículo 255 establece lo siguiente:

  1. El Gerente será nombrado por el Presidente de la Entidad local, a propuesta de la Junta General.
  2. El Gerente y personal directivo así como el resto del personal de la sociedad tendrán carácter laboral y no adquirirán en ningún caso la condición de funcionario. El nombramiento del personal no directivo irá precedido de convocatoria pública y de procesos selectivos basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad.”

Los trabajadores de la Sociedad municipal Urban Teruel, S.A. son personal perteneciente al Sector público, pero al no estar al servicio de una Administración pública no son funcionarios, ni tienen carácter de personal laboral de la Administración.

En consecuencia, a ellos les es de aplicación la Disposición adicional primera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado público que establece lo siguiente:

“…Los principios contenidos en los artículos 52, 53, 54, 55 y 59 serán de aplicación en las entidades del sector público estatal, autonómico y local, que no estén incluidas en el artículo 2 del presente Estatuto y que estén definidas en su normativa específica.”

La Sociedad municipal Urban Teruel, SAU ha llevado a cabo sus procesos de selección de personal cumpliendo los principios de igualdad, mérito y capacidad, tal y como establecen el Reglamento de Bienes, Actividades Servicios y Obras de las entidades locales de Aragón y el Estatuto Básico del Empleado público.

Por ello, todas las contrataciones laborales, independientemente de la modalidad elegida, se han llevado a cabo previa convocatoria pública y de acuerdo con las baremaciones de méritos realizadas por las correspondientes Comisiones o Tribunales selectivos, según las estipulaciones contenidas en cada una de la Bases de selección.

Dichos procesos selectivos han culminado en diversos contratos de trabajo regidos, a partir de entonces, por el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por las estipulaciones que establezcan los convenios laborales que, en su caso, les sean de aplicación, por los principios recogidos en los artículos anteriormente citados 52, 53 y 54 del Estatuto básico del empleado público y por toda la normativa que progresivamente va surgiendo en relación con el personal al servicio del sector público, incluidas las empresas mercantiles del tipo de la Sociedad municipal Urban Teruel, S.A..

Actualmente la plantilla de la Sociedad municipal Urban Teruel, S.A., está compuesta por seis trabajadores con contrato de trabajo de duración indefinida. No obstante y dada la participación de la Sociedad en diversos proyectos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, a lo largo de cada año la sociedad formaliza diversos contratos de trabajo de duración determinada, pudiendo oscilar entre 15 y 25 contratos cada año.

 

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Organigrama año 2015

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Organigrama año 2016

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Organigrama año 2017

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Organigrama año 2018

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Organigrama año 2019

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Organigrama año 2022